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Información del envío
Número del envío: 2756
ID del envío: 2765
Submission UUID: 208bc1d6-19b9-4c79-81cd-ce41e3c3eba4
Submission URI: /es/form/wizard-fichatraductologica
Created: Vie, 14/03/2025 - 22:39
Completed:
Changed: Dom, 30/03/2025 - 23:14
Remote IP address: 187.207.82.124
Enviado por: Hugo Escobedo
Idioma: Español
Is draft: Sí
Página actual: notas_para_la_traduccion
Form Ficha Terminológica: Ficha Traductológica
Término
certifier
Inglés (Estados Unidos) (214)
Ciencias Sociales (405)
Derecho (513)
Derecho Civil - Registro Civil
Means an individual required to attest to the accuracy of the information submitted in a vital record or on a vital event report.
§ 7–231.01. Definitions. (s/f). Dccouncil.gov. Recuperado el 15 de marzo de 2025, de https://code.dccouncil.gov/us/dc/council/code/sections/7-231.01
If you have a situation where you do not have a vital statistics record or civil document, such as a birth certificate or marriage certificate, from your home country please visit the Department of State reciprocity webpage. This site has information about what vital statistic and civil documents are available from various nations as well as information about how to obtain a new document if needed. Select the country of your choice, and then click on “Jump to Country Documents” to find detailed information about this issue.
Be aware that USCIS also has regulations about translations of civil documents. I have linked the USCIS page about Tips for Submitting Applications. On this page you can find good advice from the experts about how to file your application. Included on this page is the following information about translations:
“Please submit certified translations for all foreign language documents. The translator must certify that s/he is competent to translate and that the translation is accurate.
The certification format should include the certifier's name, signature, address, and date of certification. A suggested format is:
Be aware that USCIS also has regulations about translations of civil documents. I have linked the USCIS page about Tips for Submitting Applications. On this page you can find good advice from the experts about how to file your application. Included on this page is the following information about translations:
“Please submit certified translations for all foreign language documents. The translator must certify that s/he is competent to translate and that the translation is accurate.
The certification format should include the certifier's name, signature, address, and date of certification. A suggested format is:
Information about Translating Foreign Documents. (s/f). U.S. Department of State. Recuperado el 15 de marzo de 2025, de https://2009-2017.state.gov/m/dghr/flo/154965.htm
Español
Oficial del Registro Civil
Nominal (221)
Funcionario del Registro Civil, Juez del Registro Civil, Certificador
México (Mex.) (192)
ARTÍCULO 29. Los oficiales del registro Civil, o quienes ejerzan sus funciones en su caso tendrán las facultades y obligaciones siguientes:
I. Fungir como Oficial del Registro Civil en su jurisdicción;
II. Dar fe pública de los actos o hechos vinculados al estado civil de las personas físicas;
III. Llevar a cabo los registros del estado civil de las personas, así como supervisar y vigilar, bajo su estricta responsabilidad, que se practiquen las anotaciones marginales en libros y formas correspondientes, autorizando cada asiento con su firma;
IV. Extender y autorizar las actas del estado civil, relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, tutela, matrimonio, divorcio y defunciones; así como la inscripción de actos y hechos de mexicanos celebrados en el extranjero;
[...]
VII. Intervenir en la celebración de todo acto de estado civil;
VIII. Expedir certificaciones y versiones públicas de las actas y constancias relativas al estado civil de las personas;
I. Fungir como Oficial del Registro Civil en su jurisdicción;
II. Dar fe pública de los actos o hechos vinculados al estado civil de las personas físicas;
III. Llevar a cabo los registros del estado civil de las personas, así como supervisar y vigilar, bajo su estricta responsabilidad, que se practiquen las anotaciones marginales en libros y formas correspondientes, autorizando cada asiento con su firma;
IV. Extender y autorizar las actas del estado civil, relativas al nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, tutela, matrimonio, divorcio y defunciones; así como la inscripción de actos y hechos de mexicanos celebrados en el extranjero;
[...]
VII. Intervenir en la celebración de todo acto de estado civil;
VIII. Expedir certificaciones y versiones públicas de las actas y constancias relativas al estado civil de las personas;
LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Ley publicada en el Periódico Oficial. Última reforma el 19 de julio de 2023. Artículo 29. (México).
Artículo 99.- En el caso de que los pretendientes, por falta de conocimientos, no puedan redactar el convenio a que se refiere la fracción V del artículo anterior, tendrá obligación de redactarlo el Oficial del Registro Civil, con los datos que los mismos pretendientes le suministren.
Código Civil Federal [CCF]. Artículo 99. Última reforma publicada DOF 28 enero 2010. (México)
*En cuanto a los certificados de defunción, quienes están autorizados para emitirlos y certificarlos son profesionales de la medicina o personas acreditadas por alguna autoridad sanitaria.
Es importante destacar que, en inglés, además del término "certifier" existen las figuras de "medical certifier" y "birth certifier". Por este motivo, es fundamental distinguir entre estos términos para evitar confusiones y poder identificar en qué casos se refiere a una u otra.
Finalmente, en México existe el término "certificador", el cual se puede utilizar al traducir actas del Registro Civil del inglés al español. No obstante, aunque no es una traducción incorrecta, puede resultar ambigua o generar confusiones, ya que la figura del "certificador" en México suele estar relacionada con otros ámbitos y no tanto con el Registro Civil. Por esta razón, aunque es una opción válida, no se recomienda como la primera elección de traducción.