Double Jeopardy Clause
  Inglés (Estados Unidos)

Área de especialidad: Ciencias Sociales
Disciplina: Derecho
 Temática: Derecho penal

 Definición
The Fifth Amendment of the Constitution of the United States prohibits anyone from being prosecuted twice for the same crime. It aims to protect against the harassment of an individual through successive prosecutions of the same alleged act, to ensure the significance of an acquittal, and to prevent the state from putting the defendant through the emotional, psychological, physical, and financial troubles that would accompany multiple trials for the same alleged offense.

 Fuente / Autor
Cornell Law School. (s.f.). double jeopardy. En Legal Information Institute. Recuperado el 13 de mayo de 2024 de https://www.law.cornell.edu/wex/double_jeopardy

 Contexto del término
Courts have interpreted the Double Jeopardy Clause as accomplishing these goals by providing the following three distinct rights: a guarantee that a defendant will not face a second prosecution after an acquittal, a guarantee that a defendant will not face a second prosecution after a conviction, and a guarantee that a defendant will not receive multiple punishments for the same offense.

 Fuente / Autor
Cornell Law School (s.f.). Fifth Amendment. En Legal Information Institute. Recuperado el 13 de mayo de 2024 de https://www.law.cornell.edu/wex/fifth_amendment

 Equivalente en español
principio non bis in idem

 Categoría gramatical
Nominal

 Variante de traducción
peligro de ser juzgado dos veces por el mismo delito

 Información geografica de la variante en español
México (Mex.)

 Definición del término en español
Vocablo de origen latino que significa "no dos veces sobre lo mismo"; es decir, que no recaiga duplicidad de sanciones por un hecho ilícito, en los casos en que se aprecie el mismo sujeto, hecho y circunstancia.

 Fuente / Autor
Villasana, P. (2005). Principio Non bis in idem dentro del régimen disciplinario de los funcionarios públicos. En R. Márquez (Ed.), Estudios en homenaje a don Jorge Fernández Ruiz. Responsabilidad, contratos y servicios públicos (465-476). Instituto de In

 Contexto
Artículo 23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene.

 Fuente / Autor
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [C.M.] Artículo 23., 1917. Recuperado el 13 de mayo de 2024 de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Notas para la traducción

 Remision

 Opciones no recomendadas
doble riesgo

 Observaciones

Esta figura jurídica se encuentra contenida en uno de los tres preceptos del artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como "nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito".

Como tal, en México es más común encontrar al principio non bis in idem como "nadie puede ser juzgado dos veces", sin embargo, ambas propuestas de traducción son válidas.

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