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Información del envío
Número del envío: 2044
ID del envío: 2053
Submission UUID: 0fb2ede0-76b2-47b6-9929-96f343dcbdf2
Submission URI: /es/form/wizard-fichatraductologica
Created: Lun, 22/05/2023 - 13:29
Completed: Lun, 22/05/2023 - 13:59
Changed: Jue, 25/05/2023 - 17:39
Remote IP address: (desconocido)
Enviado por: MAYA DEL ROCIO GARCIA SALAS
Idioma: Español
Is draft: No
Página actual: webform_confirmation
Form Ficha Terminológica: Ficha Traductológica
Término | Plea Bargain |
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Idioma | Inglés (Estados Unidos) (214) |
Área Especialidad | Ciencias Sociales (405) |
Disciplina | Derecho (513) |
Temática | derecho procesal penal |
Definición del término | A defendant may only plead guilty if they actually committed the crime and admits to doing so in open court before the judge. When the defendant admits to the crime, they agree they are guilty and they agree that they may be “sentenced” by the judge presiding over the court. If a defendant pleads guilty, there is no trial, but the next step is to prepare for a sentencing hearing. |
Fuente / Autor (del término) | Plea bargaining. (Offices of the United States Attorneys U.S. Department of Justice, 2014). Justice.gov. https://www.justice.gov/usao/justice-101/pleabargaining |
Contexto del término | Typically this is the maximum charge or punishment that the defendant will be held to if he or she goes to trial. The prosecutors will present the defendant with an opportunity to plead guilty to a lesser charge or to the original charge with less than the maximum sentence. |
Fuente / Autor (del contexto) | Summary, R., & Devers, L. (2011). Plea and Charge Bargaining. Ojp.gov. Recuperado de https://bja.ojp.gov/sites/g/files/xyckuh186/files/media/document/PleaBargainingResearchSummary.pdf |
Equivalente en español | criterios de oportunidad |
Categoría gramatical | Nominal (221) |
Información geográfica de la variante en español | México (Mex.) (192) |
Definición del término en español | Como resultado de la reforma al artículo 21 constitucional se incorporó esta figura. Se trata de una especie de filtro que permitirá seleccionar los casos que deban ser resueltos, necesariamente, por las autori- dades judiciales. Un primer paso hacia la eliminación de la anacrónica tendencia a castigar penalmente y, en todos los casos aquellos supuestos en que la reacción penal no resulta ni útil ni necesaria (SETEC, 2012, p. 3). |
Fuente / Autor (del término en español) | Ministro, J. N. S. (2014). Suprema Corte de Justicia de la Nación. Gob.mx. Recuperado de https://www.cjf.gob.mx/documentos/guiacnpp.pdf |
Contexto del término en español | El Ministerio Público iniciada la investigación y previo análisis objetivo de los datos que consten en la misma, podrá abstenerse de ejercer la acción penal con base en la aplicación de criterios de oportunidad, siempre que, en su caso, se hayan reparado o garantizado los daños causados a la víctima u ofendido. |
Fuente / Autor (del contexto en español) | Visto Bueno, S. R., Tildada De, N., Previo, I., & Estudio, A. (2018). Recuperado de https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2019-06/AR-229-2018-190619.pdf |
Video YouTube | Plea Bargaining in America: An Overview & Conversation [POLICYbrief]. (2018). Youtube. https://youtu.be/agoN6SsSnfo |
Fuente / Autor video | Externa |
URL de la fuente (video) | https://youtu.be/agoN6SsSnfo |
Opciones no recomendadas | acuerdos reparatorios |
Comentarios | No confundir los criterios de oportunidad con los acuerdos reparatorios pues estos últimos “son aquéllos celebrados entre la víctima u ofendido y el imputado que, una vez aprobados por el Ministerio Público o el Juez de control y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal.” (Artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales). |